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Los Llanos estrena un sistema pionero de mediación para resolver los conflictos de faltas

  • Permitirá resolver de forma rápida las desavenencias familiares o vecinales

Un momento de la firma del convenio entre el Ayuntamiento y los Juzgados de Los Llanos para reducir el tiempo de espera en la resolución de los conflictos de faltas.

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, a instancias del Partido Judicial llanense, integrado por los Juzgados de Instrucción número 1 y 2, sellaron esta mañana un acuerdo pionero a nivel regional para resolver de forma ágil y consensuada los conflictos de faltas que se producen en el ámbito familiar, vecinal o laboral a través del sistema de mediación penal.

El acuerdo permitirá al equipo técnico de los Servicios Sociales municipales, en estrecha coordinación con los juzgados, colaborar para resolver dichos conflictos, evitando la continuidad de procesos penales que en la mayoría de los casos son innecesarios, duplican el trabajo en ambas administraciones en la gestión de dichos expedientes y colapsan los juzgados de causas que pueden resolverse mediante sistemas alternativos, como el que ofrece la mediación.

De esta forma, la mediación evita que las causas y los enfrentamientos se eternicen entre las partes, contribuyendo a suavizar hostilidades y a garantizar la paz social, la reparación del daño, la posibilidad de llegar a un acuerdo satisfactorio para los intereses tanto de la víctima como del infractor y la necesaria comunicación con los ciudadanos.

Tras la firma, la alcaldesa agradeció "el interés de los responsables del Partido Judicial de estrechar lazos de colaboración y aunar esfuerzos a la hora de implantar un sistema que, como éste, simplifica el trabajo de las administraciones, ofrece servicios alternativos a la ciudadanía, ahorra costes y reduce las tensiones entre las partes en litigio".

García Leal confió en que otras corporaciones se sumen a este nuevo sistema con el que, a su juicio, "Los Llanos sienta un precedente a la hora de resolver las desavenencias que se producen en el día a día de la convivencia familiar o vecinal" y no descartó que, en un futuro próximo, se amplíe el servicio de mediación a causas civiles, menores o separaciones matrimoniales, entre otros.

La alcaldesa también valoró que la mediación "ofrece una forma mucho más grata a la hora de llegar a acuerdos entre quienes por motivos de diversa naturaleza se encuentran enfrentados, no por imposición legal o a través de la frialdad de una sentencia, sino del diálogo y el acercamiento que el equipo de técnicos de la corporación municipal buscará entre las partes para cerrar definitivamente las heridas abiertas".

El servicio de mediación se prestará a través de la concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento. Los usuarios llegarán a este servicio a través del Juzgado que derivará aquellos casos en los que considere que es posible lograr un acuerdo con carácter previo a la resolución exclusiva del conflicto por la vía penal.

No obstante, para ser atendidos en el servicio, es necesario que ambas partes muestren su conformidad de someterse a la mediación. En tal caso, y a través del equipo de trabajadores sociales, psicólogos y juristas del área de Servicios Sociales, se buscarán acuerdos consensuados que se elevarán al juzgado donde el juez responsable del expediente supervisará y ratificará la validez del pacto alcanzado.

Fases del acuerdo

Para llegar al acuerdo, el convenio firmado entre el Ayuntamiento y los Juzgados de Instrucción número 1 y número 2 de Los Llanos de Aridane establece un protocolo de actuación que comienza a partir del momento en el que las dos partes en conflicto aceptan la mediación como proceso para resolver sus discordancias.

En la fase inicial o de acogida se realizan las entrevistas individuales con cada una de las partes para que expongan detalladamente su versión de los hechos. Es básicamente una fase de escucha y exposición de motivos y en la que, además, se explica el funcionamiento del proceso de mediación y se establecen lazos de colaboración partiendo de principios como la confianza, la neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y objetividad del equipo técnico responsable de mediar entre las partes.

La segunda fase es la denominada de encuentro dialogado, consistente en la entrevista conjunta con las dos partes si ambas lo desean y los técnicos de mediación lo consideran posible, ya que siempre existe la posibilidad de llegar a un acuerdo sin que la víctima y la persona infractora se vean físicamente, utilizando técnicas de comunicación indirectas.

Por su parte, la tercera fase o de acuerdo permite la redacción de un documento en el que queda plasmada la voluntad de las partes o, en su defecto, si el proceso concluye sin acuerdo, la redacción de un informe por parte del equipo de mediación en el que informa al juzgado de dichas circunstancia, respetando la confidencialidad de las informaciones tratadas.

El documento que acredite que la mediación se ha desarrollado convenientemente, el número de sesiones y otros aspectos fundamentales, se firmará por las partes y por los representantes legales de alguna de ellas, si los hubiere, entregándose una copia a cada una de ellas, al Ministerio Fiscal y al Juzgado de Instrucción.

Finalizada la mediación, el Juzgado de Instrucción señalará fecha para el acto de juicio, pudiendo la persona denunciante o denunciada no acudir al mismo. Además, se facilitará información a los Servicios de Mediación acerca de las infracciones que permiten el perdón del ofendido y las que no.

A instancia del Ministerio Fiscal, y sin perjuicio de la incorporación del acta de Acuerdo como prueba documental del procedimiento, podrá comparecer la persona mediadora a fin de dar cuenta de la mediación llevada a cabo.

A los efectos de la calificación de los hechos y de la pena a imponer, se valorará el acuerdo alcanzado en los términos del art. 638 del Código Penal. A partir de ahí entran en escena las fases de reparación o ejecución de acuerdos y la fase de seguimiento para supervisar que los mismos se llevan a buen término.

 

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